Certificación de cantidades retenidas en concepto de IRPF
Información general
Emisión de certificados de cantidades retenidas en concepto de IRPF.
En la solicitud deberá indicarse el año fiscal objeto de certificación.
Las personas obligadas a relacionarse electrónicamente con la administración deben estar dadas de alta en la plataforma de notificaciones de la administración regional.
Cómo tramitar
PERSONAS FÍSICAS
El certificado se emitirá a instancia de la persona física interesada mediante solicitud genérica presentada a través de registro electrónico dirigida:
Al Servicio de Tesorería e Ingresos, para pagos de las Consejerías. (Código DIR3: A08044192)
Al Servicio de Tesorería de Organismos Autónomos, para el pago de organismos autónomos. (Código DIR3: A08044194)
O bien mediante el apoyo de funcionarios habilitados de las oficinas de Información y Registro.
O mediante solicitud presentada en el resto de los sitios indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, dirigida al Servicio que proceda, según lo señalado anteriormente